Procedimiento
Cualquier actividad de rodaje o grabación de películas de cine, programas de televisión, documentales, anuncios publicitarios, videos, reportajes fotográficos o cualquier otro producto del sector audiovisual, que se desarrolle en el municipio de Elda, y que requiera o afecte a bienes y/o servicios de competencia municipal se ha de ajustar al procedimiento indicado.

Estas actividades requieren la previa obtención de la licencia municipal de rodaje y en caso de ser necesario, de las licencias complementarias de ocupación de vía pública, espacios libres, monumentos o edificios de propiedad municipal y/o de prestación de servicios municipales (policía local, limpieza, tráfico, vehículos, etc.).

Con el fin de coordinar todos estos y gestionar todos estos trámites administrativos se establece la oficina de la Elda Film Office que ofrece sus servicios de mediación de forma gratuita y como contraprestación en los títulos de crédito deberá figurar la colaboración de Elda Film Office y el Ayuntamiento de Elda.
SOLICITUDES:
Las solicitudes de licencia de rodaje y, en su caso, las complementarias (ocupación de espacios y/o prestación de servicios) se presentarán, mediante modelo normalizado disponible en la sección de Facilidades y Trámites de esta web, en la oficina de la Elda Film Office, con una antelación de 15 días hábiles respecto al inicio del rodaje.

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas deben acompañarse de una copia de póliza de seguro vigente de responsabilidad civil general para responder de posibles daños a terceros con motivo del desarrollo del rodaje. No se exigirá la póliza de seguro en los casos de reportajes fotográficos y de rodajes en los que, por su escasa entidad y características, Elda Film Office no lo estime necesario.

Una vez recibidas las solicitudes y documentación anexa, Elda Film Office las remitirá a las dependencias municipales competentes en cada caso, recabando las licencias o informes que sean precisos. Desde ese momento, Elda Film Office desarrollará una función de seguimiento de los distintos procedimientos administrativos que se incoen y de coordinación y colaboración con las distintas áreas municipales afectadas. Posteriormente, el personal de la Elda Film Office notificará al solicitante la licencia de rodaje y, en su caso, las complementarias para ocupación de espacios y/o prestación de servicios.
TASAS:
En el municipio de Elda no se requiere el abono de tasas por la ocupación de la vía pública para actividades descritas anteriormente.
NORMAS TÉCNICAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD:
(Haga click en la que desee visualizar)
Cortes de tráfico.
En el caso de que el rodaje precise de cortes de tráfico, se seguirán las siguientes normas:

- En lo posible, los cortes de tráfico han de limitarse a lo imprescindible, han de tener carácter intermitente y concentrarse en fines de semana.
- Se garantizará en todo momento el paso de ambulancias y otros vehículos de
urgencias.
- Debe solicitarse la asistencia de la Policía Local.
- Han de preverse recorridos alternativos.
- El acceso de peatones ha de impedirse el tiempo estrictamente necesario, y
han de preverse medidas para la eliminación de barreras arquitectónicas y de
accesibilidad, especialmente para el tránsito de discapacitados.
Señales de tráfico.
En el caso de haberse autorizado la alteración de la señalización de tráfico horizontal o vertical, deberá procederse, una vez terminado el rodaje, a restituir la misma a su estado anterior, bajo la supervisión de los técnicos municipales o de la Policía Local.
Reserva de espacios.
Cuando sea precisa la reserva previa de espacios para la realización del rodaje, el estacionamiento de vehículos o acopio de maquinaria o materiales, dicha reserva será llevada a cabo 24 horas antes del rodaje por la propia productora mediante la instalación de vallas o cintas, incluyendo un rótulo suficientemente visible en el que se indique “reserva de espacio para rodaje”.

Esta reserva no podrá suponer en ningún caso limitación del tránsito peatonal o rodado. Si la reserva conllevara la necesidad ineludible de retirar algún vehículo particular u otro bien de propiedad privada, se requerirá la intervención de la Policía Local. Las aceras no podrán ser utilizadas para el almacenaje de los equipos técnicos o para actividades de construcción.
Aviso a vecinos y comerciantes.
La productora informará con la suficiente antelación a los vecinos y comerciantes afectados por el rodaje, mediante el envío de un escrito en el que se contenga fecha, hora, localización exacta y características del rodaje, zona de reserva para aparcamientos, teléfono de contacto del responsable de la producción y de Elda Film Office, planes de iluminación y cualquier otro dato que pueda resultar de interés.

Esta obligación de aviso se extenderá a una zona más amplia en el caso de empleo de efectos especiales aparatosos, sonidos fuertes, disparos, escenas peligrosas, o cualquier otra actividad que pueda provocar impacto o sorpresa en los ciudadanos.
Simulacro de emergencias.
Si se emplean uniformes o vehículos propios de servicios de emergencia (policía, ambulancia, bomberos), deben ser informados desde el primer momento las áreas municipales competentes y la Elda Film Office. Los uniformes y los vehículos o los distintivos de éstos deben ocultarse entre tomas, en la medida de lo posible.
Equipos de rodaje.
Durante el rodaje, los miembros del equipo deben estar identificados con una acreditación y usar ropa con material de alta visibilidad en los rodajes en la vía pública.
Armas de fuego, explosivos y material pirotécnico.
Si el rodaje exige el uso de armas de fuego, explosivos, material pirotécnico o efectos especiales aparatosos, se requerirán los permisos o autorizaciones preceptivas por parte de la autoridad gubernativa en orden a su transporte, almacenamiento y empleo. Las armas que se utilicen deberán ser inutilizadas y no aptas para hacer fuego real. En caso de utilizarse, sólo podrá ser con cartuchos de fogueo y deberán estar debidamente documentadas. En estos casos se requerirá la presencia de la Policía Local y, si se estima conveniente, del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios.
Animales.
El empleo de animales en los rodajes se llevará a cabo con cumplimiento de la normativa aplicable para su protección. Los animales siempre deberán estar acompañados por sus cuidadores y se tomarán las medidas de seguridad que requiera cada especie.
Sonido e iluminación.
Durante la preparación y desarrollo del rodaje se respetarán los niveles máximos de ruido establecidos en la ordenanza municipal para la prevención y control de la contaminación acústica del Ayuntamiento de Elda. Sin perjuicio del deber de notificar a los vecinos y comerciantes afectados el plan de iluminación previsto, habrán de adoptarse las medidas precisas para evitar molestias y garantizar su descanso.
Horarios.
El desarrollo de los rodajes y de sus actividades auxiliares tendrá lugar dentro de los siguientes horarios:
- De 7,00 a 23,00 horas, los días laborables.
- De 9,00 a 23,00 horas, los fines de semana y festivos.
No se aplicarán estas limitaciones cuando el rodaje tenga lugar en zonas no residenciales o cuando se acrediten que se adoptarán las medidas para evitar cualquier tipo de molestias en el vecindario.
Limpieza y catering.
La productora será responsable de los daños que puedan ocasionarse en los espacios y/o servicios públicos con motivo del rodaje, quedando obligada al mantenimiento de los mismos, durante su desarrollo y una vez concluida la actividad, en las debidas condiciones de limpieza y conservación. Queda prohibida la instalación del servicio de catering en los espacios públicos de Elda, salvo que el espacio propuesto por sus características y situación pudiera ser autorizado.
Cables.
La instalación de cables debe sujetarse a las siguientes normas:
- Han de instalarse en las uniones entre la acera y las fachadas y en las escaleras deben ser fijados para evitar tropiezos.
- Los grupos electrógenos se instalarán lo más cerca posible para evitar la colocación de cables cruzando vías públicas.
- Cuando sea precisa su instalación aérea, su altura mínima habrá de ser fijada
por los servicios municipales.
- Cuando se instalen sobre la acera, se recubrirán con una alfombra de goma fijada al suelo, de un metro como mínimo de ancho, y señalizada con conos
luminosos o cinta de alta visibilidad.
- Debe solicitarse autorización especial cuando se pretenda adosar cables al
mobiliario urbano.
Bocas de riego.
Si se autoriza el uso de bocas de riego, su utilización se efectuará bajo la supervisión de la empresa municipal competente. Durante una emergencia, el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios debe tener disponible el acceso y el uso de las bocas de riego.
Grúas, andamios y plataformas aéreas.
En caso de utilizarse grúas de filmación, andamios o plataformas aéreas, deberá informarse a Elda Film Office de sus características y emplazamiento. De noche y en condiciones de deficiente visibilidad deben señalizarse adecuadamente. En su montaje y desmontaje deben minimizarse los ruidos y molestias.
Parques y jardines.
Sin perjuicio de las condiciones que en cada caso se incluyan en las licencias complementarias que se otorguen para la ocupación de parques y jardines, los rodajes en estos espacios habrán de sujetarse a las siguientes condiciones:
- No se podrá llevar a cabo ninguna actividad en las zonas ajardinadas salvo que el espacio propuesto por sus características y situación pudiera ser autorizado.
- La circulación y estacionamiento de los vehículos que resulten necesarios para el rodaje deberá efectuarse, siempre que fuere posible, por las vías asfaltadas.
- Han de adoptarse las medidas que resulten precisas para la protección de la vegetación, el mobiliario urbano y los elementos decorativos.
- Debe evitarse, en lo posible, la ocupación de los parques y jardines para estos fines durante los fines de semana y festivos.
Monumentos y edificios municipales.
Si se solicita licencia complementaria para la ocupación de monumentos o edificios municipales, serán preceptivas las siguientes determinaciones:
- No se autorizará la filmación de productos que no resulten acordes y compatibles con el carácter histórico y/o artístico del monumento y, en su caso, del edificio.
- Cualquier uso de la instalación eléctrica o de cualquier otra infraestructura del
monumento o edificio deberá llevarse a cabo por el personal técnico del ayuntamiento o, al menos, bajo su supervisión.
- El equipo de rodaje deberá seguir cuantas instrucciones les sean dirigidas por
los responsables del edificio y adoptar las medidas precisas para evitar cualquier daño en sus distintos elementos, y facilitar la inspección del material que se introduzca en el mismo, caso de ser requerido al efecto.
- La productora debe cuidar el correcto comportamiento y respeto al edificio por parte de los miembros del equipo.
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